La fiscalidad de los autónomos es complicada y la facturación también. En algunos casos, incluso es obligatorio incluir un porcentaje de retención en las facturas.
Pero, ¿qué porcentaje de IRPF es el correcto? ¿El IRPF de autónomos es el 7 o el 15? Vamos a verlo todo en detalle.
¿Qué porcentaje de IRPF hay que retener en las facturas?
La respuesta a esta pregunta es que depende. Hay quien no tiene que incluir ningún porcentaje de retención y hay distintos tipos, en caso de estar obligado, en función de tu actividad y del momento en que te hayas dado de alta como trabajador por cuenta propia.
Los que están obligados a incluir retención en una factura son los autónomos profesionales que lleven a cabo una actividad incluida en las secciones 2 o 3 del Impuesto de Actividades Económicas, es decir, los autónomos que desarrollan actividades profesionales o artísticas.
Además, estos autónomos sólo deberán aplicar la retención para empresas y profesionales con domicilio fiscal en España.
Los obligados a practicar retención del IRPF en su factura, tienen que tener en cuenta que existen distintos tipos:
- 1%. Es aplicado a las actividades de ganadería, de avicultura y engorde porcino, y también a algunas actividades relacionadas con el transporte.
- 2%. Se aplica a las actividades forestales, agrícolas y ganaderas que no se le aplica el 1%.
- 15%. Es el tipo general.
¿En qué consiste la retención del 7% de autónomos?
Ahora que tienes una idea general, lo que toca es entender en qué consiste la retención del 7% de IRPF para los autónomos, porque puede ser un poco lioso.
Como te he explicado antes, de forma general se aplica el 15%, pero si eres un nuevo autónomo, tienes la posibilidad de aplicar un 7% durante el primer año de actividad, y ampliarlo por dos años más.
Esta medida fue tomada para aliviar la carga fiscal que sufren los autónomos, pero no es obligatorio aplicarla.
Requisitos para aplicar el 7% de IRPF
Si quieres aplicar este porcentaje hay cuatro «normas» que debes de cumplir:
- Ser nuevo autónomo.
- No haber estado registrado como autónomo el año previo.
- Tus clientes son autónomos o empresas que residen en España.
- Has notificado a tus clientes con antelación.
Como puedes ver no son requisitos muy exigentes. Ahora viene la pregunta que te ha traído hasta aquí.
¿Aplico el 7% o el 15% en la retención de IRPF?
Te lo digo sin anestesia: el 7% de retención, NO es una deducción fiscal. Es muy importante que entiendas, antes de elegir este tipo de retención, que no se trata de una subvención ni nada parecido.
El tema del 7%, se pensó para aliviar la carga a los nuevos autónomos a CORTO PLAZO. Por lo tanto, a largo plazo es otra historia, así que cuidado.
Cuando realizas una retención, adelantas una parte del IRPF en las facturas, pero a final de año Hacienda se encarga de cobrarse sus deudas. Puede salirte a devolver, algo que gusta a todos; pero también, puede salirte a pagar.
A medida que vayas aumentando tu facturación, lo que no cobre Hacienda en el momento que le corresponda, te lo cobrará en tu renta anual.
Sea como sea, no vas a poder librarte de Hacienda.
Si quieres aplicar el 7%, estás en todo tu derecho, y te corresponde como nuevo autónomo. Pero, no olvides que tarde o temprano tendrás que subir al 15%, para no notar esa carga tributaria.
¿Qué pasa si me equivoco en el porcentaje que retengo en las facturas?
Pues de nuevo, la respuesta es que depende. No es lo mismo haber pagado de más por haber aplicado un porcentaje de retención de IRPF más alto que retener menos de lo que deberías en tus facturas.
Si podrías aplicar el 7, y has aplicado el 15 ya no podrás aplicar en tus facturas el porcentaje reducido. Deberás seguir descontando el porcentaje general y regularlo cuando hagas la declaración de la renta. Y ya está, no habrá más problemas.
Si has pagado de menos, Hacienda puede ir contra ti y también contra la empresa que ha recibido tus facturas.
Para corregir el error se suelen emitir facturas rectificativas de las que se han emitido con la retención incorrecta. Salvo que te hayas dado cuenta después de presentar la Declaración de la Renta. En este caso, poco puedes hacer.
Aplicar un porcentaje de retención inferior al que deberías puede acarrear sanciones, así que te recomendamos revisar bien todo antes de hacer tus facturas.
Y si no soy autónomo, ¿qué porcentaje de IRPF tengo que aplicar?
En primer lugar debes estar seguro de poder facturar sin ser autónomo, ya que tienes que cumplir ciertos requisitos para ello. La regla general es la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
En caso de facturar sin ser autónomo tendrás que aplicar el porcentaje que te corresponda, como hemos visto.
Aplicar el 7% puede ser una gran ayuda para los nuevos autónomos que, al empezar su actividad, facturan poco y necesitan un empujoncito. Pero la decisión final es tuya, emprendedor.
No obstante, puede ser que sigas teniendo dudas. En ese caso, Rafael Marquina & Asociados puede ser tu solución. Un equipo de profesionales te asesorará y guiará en todo lo relacionado con la facturación y la fiscalidad de tu negocio. ¡No dudes en ponerte en contacto con ellos!