Todos los empresarios y profesionales tienen ciertas obligaciones con la Agencia Tributaria.
Si es tu caso debes conocer para qué sirve el modelo 036, ya que es uno de los más utilizados y es probable que tengas que presentarlo en tu actividad.
Sígueme, que te explico todo acerca de esta declaración.
Qué es el modelo 036
El modelo 036, también conocido como declaración censal de alta, baja y modificación para empresarios, profesionales y retenedores.
Es una declaración que utilizan los empresarios o profesionales que vayan a comenzar el ejercicio de una o varias actividades económicas en territorio español.
Para qué sirve el modelo 036
El modelo 036 se utiliza tanto para el alta como para la modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
Declaración de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
En el caso del alta, es necesario inscribirse en el censo de empresarios en los siguientes casos:
- Empresarios o profesionales que vayan a comenzar el ejercicio de una o varias actividades económicas en territorio español.
- Quienes, aunque no actúen como empresarios o profesionales, abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta o realicen entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.
- Los empresarios o profesionales que sean destinatarios de servicios prestados por empresarios o profesionales que no cuenten con establecimiento en el territorio de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido respecto de los cuales sean sujetos pasivos.
- Los empresarios o profesionales que presten servicios que no se localicen en el territorio de aplicación del Impuesto cuando el sujeto pasivo sea el destinatario de los mismos.
- Los no residentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente o satisfagan en dicho territorio rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español. Asimismo, los establecimientos permanentes en territorio español de las personas jurídicas o entidades no residentes deben presentar declaración de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
- Los socios, herederos, comuneros, o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que tengan obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros de tales entidades.
- Los no establecidos en el territorio de aplicación del IVA que sean sujetos pasivos del mismo, excepto que hubieran resultado exonerados del cumplimiento de obligaciones censales por el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria.
- En cualquier caso, mediante la declaración censal de alta las personas jurídicas y entidades en general y las personas físicas empresarios o profesionales que no dispongan de él, solicitarán el Número de Identificación Fiscal (NIF).
El Modelo 036, de declaración de alta y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, se podrá sustituir por el Documento Único Electrónico (DUE) cuando la normativa autorice su uso.
Se podrá tramitar telemáticamente la constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL o SRL), comunidades de bienes, sociedades civiles y el alta de emprendedores individuales en el CEPR.
El procedimiento telemático requiere la visita a uno de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE).
Declaración de modificación del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
Los que hayan presentado un modelo 036 de alta, tendrán que presentar modificaciones en los siguientes supuestos:
- Varíe cualquiera de sus datos identificativos. Uno de los cambios más habituales es el del domicilio fiscal.
- Cambie cualquier otro dato comunicado en la declaración de alta o cualquier modificación posterior. Un caso que suele ocurrir es tener que presentarlo para incluir a la empresa en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
Las sociedades inactivas que no se hayan disuelto y liquidado deberán comunicarlo a través de la declaración censal, en la casilla 140. Con esta presentación se comunica que han dejado de ejercer todas las actividades empresariales o profesionales que venían desarrollando.
Declaración de baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
La declaración del modelo 036 por baja deben presentarlo aquellos sujetos que cesen en el desarrollo total de las actividades empresariales y profesionales, siempre que no tengan que pertenecer al censo por otras causas.
Es posible que, al causar baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores también sean baja en el censo de obligados tributarios:
- Cese de actividades empresariales y profesionales.
- Dejar de satisfacer rendimientos sujetos a retención.
- Disolución y liquidación.
- Absorción.
- Fusión.
- Escisión total.
- Otras causas de Baja en el Censo de Obligados Tributarios.
- Que las Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes dejen de estar sujetas.
- Dejar de tener obligaciones por ser miembro o partícipe de una entidad.
- Fallecimiento.
Ya sabes para qué sirve el modelo 036. Además, tras la presentación del modelo por cualquiera de las causas podrás descargar el modelo 036 para conseguir una copia en caso de pérdida, por ejemplo.
Diferencias entre el modelo 036 y 037
Existen diferencias entre los modelos 036 y 037 tanto relativas a la forma como al objetivo de su presentación.
Por una parte, el modelo 036 es más completo y tiene muchas más opciones para los empresarios y profesionales. Por tanto, es el que presentan la mayoría de los obligados.
El modelo 037 está considerado como simplificado porque no permite tantas opciones como el modelo 036. Sin embargo, es más sencillo y está destinado a los autónomos que comercializan sus productos en España y no se acogen a ningún régimen especial.
Cuándo es obligatorio utilizar el modelo 036
No podrá utilizarse el modelo 037 en los siguientes casos:
- Los autónomos y empresas no residentes en España y que tengan una actividad en territorio español.
- Si se actúa por medio de representante.
- Cuando el domicilio fiscal y el de gestión no coincidan.
- Los sujetos inscritos en el régimen especial de IVA o en otros especiales, como el de agricultura, pesca, ganadería y régimen de recargo de equivalencia o de criterio de caja.
- En los casos en que se hagan operaciones fuera de la Unión Europea o se hagan ventas a distancia.
- Cuando estén acogidos a Impuestos Especiales y al Impuesto sobre Primas de Seguro.
- Quiénes obtengan rendimientos de capital inmobiliario.
- Socios y partícipes en entidades de atribución de rentas que tienen obligaciones tributarias.
Ya tienes claro para qué sirve el modelo 036 y en qué casos tendrás que utilizarlo, ¿no?. Es una declaración muy importante a la hora de poner en marcha tu actividad o cuando haya alguna modificación importante.
Pero este modelo no es sencillo así que, si tienes dudas, lo mejor es contar con profesionales. En Rafael Marquina & Asociados podrán asesorarte en la presentación de la declaración censal para que no tengas ningún problema.