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Quién paga las cotizaciones a la Seguridad Social en caso de baja

Si tienes empleados en tu empresa seguro que te preocupan los gastos que estos generan y la posibilidad de que puedan producirse situaciones de baja por incapacidad temporal. 

Pero, además, una de las cosas que más puede preocupar a una empresa o autónomo con trabajadores es quién paga las cotizaciones a la seguridad social en caso de baja. 

Quién paga las cotizaciones a la Seguridad Social

Lo normal durante la vigencia de un contrato con un trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social es que tanto trabajadores como empresas estén obligados al pago de las cotizaciones

La cotización por contingencias comunes es responsabilidad de ambos y la empresa cotiza por los accidentes de trabajo y las contingencias profesionales. 

En resumen, ambos pagan cotizaciones, aunque en distinto porcentaje. 

La incapacidad temporal o baja del trabajador

Cuando un trabajador está de baja, la situación puede causar más dudas. Pero, además, no todas las bajas son iguales. 

La incapacidad temporal es un derecho que tienen todos los trabajadores y que consiste en un periodo de tiempo en el que no acuden a su puesto de trabajo con justificación, por accidente o enfermedad. 

Durante ese periodo, aunque no preste sus servicios, el trabajador sigue cotizando

Existen cuatro tipos de bajas laborales

  • Baja por enfermedad común. Cubre todas aquellas enfermedades que no están relacionadas con el ámbito laboral.
  • Baja por enfermedad profesional. Es la que se reconoce al trabajador cuando éste tiene una enfermedad que sea consecuencia de las funciones laborales que lleva a cabo.
  • Baja por accidente laboral. Se produce cuando el empleado sufre cualquier tipo de accidente realizando sus funciones o bien en el desplazamiento de casa al trabajo o del trabajo a casa.
  • Baja por maternidad o paternidad. Tiene como objetivo ayudar a conciliar la vida personal y familiar para hombres y mujeres y se da cuando nace un hijo. 

¿Qué paga la empresa cuando un trabajador está de baja?

Aunque el trabajador no percibe salario, sí que existe una prestación para compensar esa falta de ingresos y, además, sigue cotizando a la Seguridad Social. 

Los gastos que tiene la empresa cuando un trabajador está de baja son diferentes en función del tipo de incapacidad temporal de que se trate

Si quieres saber cuánto paga la empresa por un trabajador estando de baja, te lo explico. 

Baja por enfermedad común

Este tipo de baja funciona de la siguiente forma: 

  • Los tres primeros días no cobra nada.
  • Del día 4 al día 20 cobra el 60% de la base reguladora
  • A partir del día 21 en adelante, el 75% de la base reguladora.

La empresa se hará cargo de pagar estos importes hasta el día 15 de baja, a partir del día 16 será la Mutua o el INSS quien realizará el pago de la misma.

La Seguridad Social se hace cargo del importe que está establecido por la normativa. Si en el convenio viene recogida una mejora, tendrá que pagarla la empresa

Baja por maternidad o paternidad

Cuando la incapacidad temporal es derivada de la situación de maternidad o paternidad, el trabajador cobra el 100% de la base reguladora desde el primer día. Se tiene en cuenta la cotización de contingencias comunes. 

El pago lo hace la Seguridad Social. La empresa no tiene ningún tipo de responsabilidad en este caso. 

Baja por contingencias profesionales

En este tipo de baja, el trabajador cobrará el 75% del salario del trabajador. 

La Seguridad Social no pagará nada. En este caso, es la empresa la encargada del pago de todo el importe, aunque puede ser que la mutua se encargue. 

Baja por accidente laboral

Si lo que ha ocurrido es un accidente laboral, al igual que en el caso anterior, los pagos son responsabilidad de la empresa por completo. 

Lo habitual es que el trabajador cobre el 75% del salario desde el primer día. Aunque también puede estar recogido en el convenio el derecho a una mejora. Todo tendrá que pagarlo la empresa, aunque podrá reclamarse a la Mutua la parte recogida en la normativa. 

Quién paga las cotizaciones a la Seguridad Social en caso de baja

Como ya te he explicado anteriormente, además de la prestación, el trabajador cuando se encuentra de baja sigue cotizando. 

El pago de los seguros sociales sigue siendo responsabilidad de la empresa durante un periodo máximo de 545 días. 

También tiene que hacerle la empresa la correspondiente retención de IRPF y reservar su puesto de trabajo. Además de pagar lo que le corresponda en función del tipo de baja. 

Los pagos a la Seguridad Social  por parte de las empresas son para cubrir los porcentajes específicos sobre la nómina del trabajador para contingencias comunes, desempleo, formación profesional, y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), además de las contingencias profesionales, variando este último porcentaje según la categoría del empleado.

Ahora ya sabes cómo funcionan todos los tipos de baja por incapacidad temporal y quién paga las cotizaciones a la seguridad social en caso de baja. 

Si necesitas ayuda en la gestión de tus trabajadores o quieres asesoramiento y acompañamiento continuo en todo lo que tiene que ver con tu negocio, cuenta con el equipo de Rafael Marquina & Asociados. Sus conocimientos y experiencia harán que puedas despreocuparte de todo lo relacionado con los trabajadores, la fiscalidad y la contabilidad de tu empresa.

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Reparto de dividendos de una Sociedad Limitada ¿Cómo se hace?

Cuando se trata de las Sociedades Limitadas, hacer un reparto de dividendos puede ser una tarea algo compleja. Además, hay muchas opciones y requisitos. 

Para que lo tengas todo más claro, aquí te dejo una guía con todo lo relativo al reparto de dividendos de una sociedad.

Qué es un reparto de dividendos

La palabra dividendo viene del latín y significa cantidad a dividir. 

En el ámbito mercantil los dividendos son la parte de los beneficios que la empresa reparte cada año entre sus accionistas. 

Así que, los dividendos son las rentas que obtienen los titulares de las acciones por haber invertido en la empresa. 

Pueden existir dividendos en las grandes empresas y en las pequeñas, tanto en las sociedades anónimas como en las limitadas

No siempre se hace reparto de dividendos. Puede ocurrir que no haya habido beneficios o que se prefieran destinar a alguna necesidad que exista en la empresa. 

En los estatutos de la sociedad se puede regular la forma de hacerlo pero no se puede excluir a un socio del reparto de dividendos. Es algo que está totalmente prohibido. 

Lo que sí es posible regular es un reparto de dividendos no proporcional al número de acciones que tenga cada uno. Es lo que se llama la distribución de dividendos por cabeza, es decir, por cada persona. 

Tipos de repartos de dividendos

Existe una gran variedad de tipos de repartos de dividendos. 

Voy a explicarte los más habituales. 

Dividendos ordinarios

Es la parte del beneficio que se reparte periódicamente y que viene de lo que la empresa ha obtenido durante ese tiempo. 

Lo más común es que se haga un reparto de beneficios anualmente

Dividendos extraordinarios

La característica principal de los dividendos extraordinarios es que no están relacionados con los beneficios de la empresa.

Se hace un reparto de rentas que no tiene que ver con el funcionamiento ordinario de la empresa. 

Algunos ejemplos de motivos por los que se da es la venta de una parte de la empresa o de algún inmueble

Dividendo a cuenta

Este tipo de dividendo es el que se obtiene del beneficio y la empresa acuerda entregarlo antes de terminar el ejercicio

La dirección decide la cantidad que se va a repartir pero luego deberá ser aprobada la propuesta anual en la Junta de Accionistas

Dividendos en acciones

La diferencia de este tipo de dividendos respecto a los anteriores es que, en lugar de hacerse el reparto en efectivo, se hace en acciones. Es decir, se le da a los beneficiarios del reparto una cantidad acordada de acciones como forma de pago. 

Es un tipo de reparto de dividendos en especie.

Dividendos flexibles

Estos dividendos tienen una característica especial y es que los accionistas deciden cómo quieren recibir el dividendo al que tienen derecho. 

Tienen diferentes opciones para elegir: 

  • Efectivo. Se paga a un precio fijo que se haya establecido por la cotización de las acciones en los días previos al reparto. 
  • Acciones nuevas
  • Venta de derechos. El precio de la operación será el de la cotización en el momento de la venta. 

Dividendos complementarios

Es un complemento que se paga en función de los beneficios que haya tenido la empresa. 

Una vez que se hayan repartido los dividendos que tienen establecidos por derecho los accionistas es posible pagar los dividendos complementarios si todos están de acuerdo. 

Requisitos para el reparto de dividendos

Para poder hacer un reparto de dividendos, las empresas tienen que cumplir unos requisitos. 

Los principales requisitos para el reparto de dividendos son los siguientes: 

  • El resultado al final del ejercicio tiene que ser positivo.
  • Tener cubierta la reserva legal
  • Compensar las pérdidas de los ejercicios anteriores, si las hubiera, antes de proceder al reparto. 
  • No tener un desequilibrio patrimonial
  • El patrimonio neto de la sociedad no puede ser inferior al capital social ni antes ni después del reparto. 
  • Hay que destinar un mínimo del 5% del importe del resultado para cubrir el fondo de comercio. Este requisito no será necesario para todas las sociedades, sólo si el fondo de comercio está en el balance de la compañía. 
  • Los gastos de I+D, si existen, no pueden ser superiores al importe de las reservas disponibles. 
  • Cuando se hace un reparto de dividendos con cargo a reservas voluntarias de la sociedad, es necesario cumplir los mismos requisitos que en el punto anterior. Esto suele ocurrir en las empresas que llevan años obteniendo resultados positivos al final del ejercicio. Los dividendos se reparten con cargo a las reservas que haya disponibles en la empresa. 
  • Si se hace el reparto de dividendos a cuenta de beneficios futuros es necesario que se cumpla lo siguiente:
    • Redactar un informe contable en el que se establezca la evolución y liquidez de la compañía.
    • Cuando se cierre el ejercicio, el resultado tiene que ser superior al dividendo repartido o acordado. Además, hay que descontar los servicios legales antes del reparto.

Cómo se hacen los repartos de dividendos

Para el reparto de los dividendos de una sociedad limitada o anónima, hay que tener en cuenta diferentes fechas

Las fechas son diferentes en cada caso en particular y hay que diferenciar especialmente entre: 

  • Fecha de la aprobación del dividendo. Esta es la fecha de la de la Junta anual de accionistas. En la mayoría de sociedades en España se celebra en junio.
  • Fecha del pago o de los pagos. Suele ser una vez al año, pero puede ocurrir que se paguen anticipos como dividendos a cuenta o se reparta el importe en varios momentos a lo largo del año para ajustarse a la capacidad de tesorería de la empresa.

Una vez que las fechas están establecidas, el pago de dividendos se hace al cerrar formalmente las cuentas anuales. En ese momento, el Consejo de Administración o los administradores hacen una propuesta para el reparto de dividendos y la Junta General de Accionistas tiene que aprobar

Pero existen alternativas al reparto de dividendos. Dependiendo del momento económico y de crecimiento de la empresa puede acordarse que los beneficios que se hayan obtenido se utilicen para invertirlos en la propia compañía en lugar de repartirlos entre los accionistas. 

Si se aprueba el pago de dividendos, se divide el dinero que se ha acordado repartir entre el número de acciones que existen. De esta forma, se obtiene el importe por cada acción. 

Después, cada accionista recibirá como cuantía total el resultado de multiplicar el número de acciones que tiene por el importe de cada acción

Cómo tributa el reparto de dividendos de una Sociedad Limitada

Como cualquier renta que se percibe en España, hay que tributar por los dividendos. Estos importes se consideran capital mobiliario y se suman a la base imponible del ahorro. 

El porcentaje que se aplica está recogido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. La escala para el año 2023 es la siguiente: 

  • Rendimientos inferiores a 6.000 euros: 19%.
  • Rendimientos entre 6.000 y 50.000 euros: 21%.
  • Rendimientos entre 50.000 y 200.000 euros: 23%.
  • Rendimientos entre 200.000 y 300.000 euros: 27%.
  • Rendimientos superiores a 300.000 euros: 28%.

Ejemplo de repartos de dividendos 

Como siempre, todo se ve y se entiende mejor con un ejemplo. 

Pongamos que existe una Sociedad Limitada en la que hay 4 socios y un capital social de 200.000 euros. Este capital está dividido en 2.000 acciones de 100 euros cada una

Al finalizar el ejercicio en curso, la empresa obtiene un beneficio de 500.000 euros y decide repartir 400.000 euros y dejar los 100.000 euros para las reservas. 

Lo primero es calcular lo que corresponde de ese beneficio a cada acción, dividiendo los 400.000 euros de beneficio a repartir entre el número de acciones: 400.000/2.000= 200 euros por acción

Con esto ya tenemos lo que se llama dividendo por acción, que es de 200 euros. 

Suponiendo que las acciones estén divididas a partes iguales entre los 4 socios, tendrían 500 cada uno. En este caso que estamos viendo, recibirán unos dividendos de 100.000 euros. Éste es el resultado de multiplicar los 200 euros del dividendo por acción por las 500 acciones que tiene cada uno. 

A esta cantidad hay que aplicarle el porcentaje de retención de IRPF establecido para los pagos de dividendos, que es del 19%. 

Por tanto, cada accionista con un dividendo bruto de 100.000 euros, recibiría un ingreso en cuenta tras la retención de un total de 81.000 euros

Cómo contabilizar un reparto de dividendos en una Sociedad Limitada

El reparto de dividendos en contabilidad siguiendo el ejemplo anterior, quedaría de la siguiente forma

En el momento del reparto de beneficios:

500.000 (129) Resultado del ejercicio

a

Reserva (112) 100.000

Dividendo activo a pagar (526) 400.000

Cuando se haga el pago de los dividendos:

400.000 (526) Dividendo activo a pagar

a

Bancos (572) 400.000

Ahora ya tienes toda la información acerca del reparto de dividendos, los tipos y cómo hacerlo. Si cumples los requisitos y lo haces todo correctamente no tendrás problemas. 

Pero si necesitas ayuda para hacer el reparto de dividendos y otras gestiones complicadas de tu sociedad, cuenta con personal cualificado para ello. En Rafael Marquina & Asociados hay un equipo con conocimientos y experiencia suficiente para encargarse de todo.