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Cuánto tiene que facturar un autónomo para ganar 5000€

Calcular el sueldo neto de un autónomo es una buena forma de saber cuánto tiene que facturar un autónomo para ganar 5000€, por ejemplo.

Se puede hacer con cualquier otra cantidad, y ayuda a tener claras las perspectivas y objetivos de un trabajador por cuenta propia cuando comienza la actividad. Por eso te voy a enseñar cómo hacerlo con un caso práctico 😎

Qué tener en cuenta para calcular la facturación

En muchas ocasiones, los autónomos comienzan su actividad con la finalidad del autoempleo, más que para convertirse en empresarios.

Por eso, el objetivo de estas personas es conseguir un sueldo al mes con el que poder vivir.

Una gran parte de los trabajadores por cuenta propia saben cuánto facturan y los gastos mensuales fijos que tienen. Pero no siempre saben cuál es el beneficio que están obteniendo de la actividad, ni cuál debería ser su facturación para conseguir el dinero que necesitan.

Facturar más o menos cantidad no significa tener beneficio ni liquidez.

Para saber si nos sale rentable o no dedicar cierta cantidad de horas como autónomo a una actividad hay que descontar el IVA, el IRPF y otros gastos a la facturación para saber los beneficios que obtenemos mensualmente.

Facturación, impuestos y gastos del autónomo

Como ya hemos adelantado, de la facturación hay que descontar los impuestos y ciertos gastos que te explico a continuación: 

IVA

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo que se añade al precio establecido por los productos o servicios en la mayoría de las actividades, exceptuando a las que no están sujetas a IVA.

El importe resultante de aplicar el porcentaje de IVA que corresponda a la base imponible lo deberá pagar el cliente en la factura que se emita. Sin embargo, no es una cantidad que forme parte de los beneficios de la empresa.

El total de IVA emitido deberá ingresarse en la Agencia Tributaria mediante el modelo 303.

IRPF

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el principal tributo que tienen que pagar las personas por los ingresos que reciben de su actividad.

Puede pagarse trimestralmente en función de los ingresos y gastos que se haya tenido en el período o descontarlo de la factura directamente, aplicando un 7% o un 15% según la situación del trabajador por cuenta propia.

Esta cantidad tampoco va a formar parte de los beneficios de la empresa, ya que hay que ingresarla en la Agencia Tributaria.

Gastos deducibles

Los gastos deducibles son aquellos que tienen una relación directa con la actividad que realiza el autónomo.

Pueden descontarse de los ingresos a la hora de pagar los impuestos y también para conocer cuáles son los beneficios netos que está obteniendo la empresa por el desarrollo de su actividad.

Hay que tener especial cuidado en este punto, ya que no cualquier gasto puede ser incluido en las declaraciones o descontado de los ingresos. Es importante que tenga una relación directa y que se use 100% para el negocio.

Los gastos más habituales que se usan para calcular el sueldo neto de un autónomo son el alquiler, los suministros y la cuota de autónomo.

Caso práctico de cuánto tiene que facturar un autónomo para ganar 5000€

Ahora que has visto la teoría, te voy a enseñar la práctica de forma muy sencilla.

Lo primero a tener en cuenta es que no se pueden incluir los imprevistos y otros factores, pero sí podrás comprobar, gracias a los gastos habituales y fijos, cuánto tiene que facturar un autónomo para ganar 5000€.

Gastos como autónomo para calcular la facturación

Los principales gastos que vamos a tener en cuenta a la hora de hacer el cálculo son los siguientes:

  • La Cuota de autónomos. Es algo obligatorio y que habrá que pagar mensualmente en función de los ingresos y de las bonificaciones a las que tengas derecho.
  • El IRPF. Se aplica un porcentaje sobre la facturación y repercutirá en la declaración anual de la renta.
  • 400€ de alquiler.
  • 50€ al mes en gastos de asesoría o gestoría.
  • 45€ de gastos de teléfono e internet.
  • 100€ en otros gastos. Aquí se incluirían los gastos de desplazamiento y material de oficina, por ejemplo.

Cómo calcular la facturación para ganar 5.000€ al mes siendo autónomo

Con los datos que hemos visto en el apartado anterior, vamos a hacer el cálculo de cuánto tiene que facturar un autónomo para ganar 5000€ en diferentes ejercicios para ver cómo cambia en función de la situación en la que se encuentre.

 Primer añoSegundo añoTercer año
Facturación mensual con IVA7.474€7.928€8.673€
Base Imponible6.177€6.552€7.168€
IVA (21%)1.297,17€1.375,92€1.505,28€
IRPF (7% O 15%)432,39€458,68€1.075,20€
Alquiler400€400€400€
Luz70€70€70€
Asesoría50€50€50€
Internet y teléfono45€45€45€
Otros gastos100€100€100€
Cuota autónomos80€428,24€428,28€
Beneficios netos5.0005.0005.000

Si tienes más gastos deducibles, el cálculo variará considerablemente. Por eso, este ejemplo sirve sólo de orientación y para entender cómo funcionan los beneficios y la facturación del autónomo.

En cuanto al IRPF, los dos primeros años puedes retener un 7% en tus facturas, pasando a ser del 15% a partir del tercero. La reducción del porcentaje del IRPF es opcional y todo se regulariza en la declaración de la renta.

Para tener tus cuentas claras, una buena opción es apartar el importe correspondiente al IVA y el IRPF cuando recibas el dinero de tus clientes.

Haciendo este cálculo de forma previa a darte de alta como autónomo podrás ver qué volumen de facturación debes conseguir para obtener los ingresos que necesitas.

Ahora ya sabes, con caso práctico incluido, cuánto tiene que facturar un autónomo para ganar 5000€. Si quieres calcular el sueldo neto de un autónomo, debes tener en cuenta que a los ingresos debes restarle los impuestos y otros gastos.

Si eres autónomo o tienes idea de serlo pronto y no tienes claro cómo hacer los cálculos, cuenta con una asesoría como la de Rafael Marquina & Asociados. De esta forma, tendrás un asesoramiento especializado desde antes de comenzar tu actividad y podrás contar con todo el equipo para todo lo que necesites en tu negocio 😉

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¿7 o 15 en la retención de IRPF de autónomos? Resuelve la duda

La fiscalidad de los autónomos es complicada y la facturación también. En algunos casos, incluso es obligatorio incluir un porcentaje de retención en las facturas. 

Pero, ¿qué porcentaje de IRPF es el correcto? ¿El IRPF de autónomos es el 7 o el 15? Vamos a verlo todo en detalle.

¿Qué porcentaje de IRPF hay que retener en las facturas?

La respuesta a esta pregunta es que depende. Hay quien no tiene que incluir ningún porcentaje de retención y hay distintos tipos, en caso de estar obligado, en función de tu actividad y del momento en que te hayas dado de alta como trabajador por cuenta propia. 

Los que están obligados a incluir retención en una factura son los autónomos profesionales que lleven a cabo una actividad incluida en las secciones 2 o 3 del Impuesto de Actividades Económicas, es decir, los autónomos que desarrollan actividades profesionales o artísticas

Además, estos autónomos sólo deberán aplicar la retención para empresas y profesionales con domicilio fiscal en España. 

Los obligados a practicar retención del IRPF en su factura, tienen que tener en cuenta que existen distintos tipos

  • 1%. Es aplicado a las actividades de ganadería, de avicultura y engorde porcino, y también a algunas actividades relacionadas con el transporte. 
  • 2%. Se aplica a las actividades forestales, agrícolas y ganaderas que no se le aplica el 1%.
  • 15%. Es el tipo general.

¿En qué consiste la retención del 7% de autónomos?

Ahora que tienes una idea general, lo que toca es entender en qué consiste la retención del 7% de IRPF para los autónomos, porque puede ser un poco lioso.

Como te he explicado antes, de forma general se aplica el 15%, pero si eres un nuevo autónomo, tienes la posibilidad de aplicar un 7% durante el primer año de actividad, y ampliarlo por dos años más.

Esta medida fue tomada para aliviar la carga fiscal que sufren los autónomos, pero no es obligatorio aplicarla.

Requisitos para aplicar el 7% de IRPF

Si quieres aplicar este porcentaje hay cuatro «normas» que debes de cumplir:

  • Ser nuevo autónomo.
  • No haber estado registrado como autónomo el año previo.
  • Tus clientes son autónomos o empresas que residen en España.
  • Has notificado a tus clientes con antelación.

Como puedes ver no son requisitos muy exigentes. Ahora viene la pregunta que te ha traído hasta aquí.

¿Aplico el 7% o el 15% en la retención de IRPF?

Te lo digo sin anestesia: el 7% de retención, NO es una deducción fiscal. Es muy importante que entiendas, antes de elegir este tipo de retención, que no se trata de una subvención ni nada parecido.

El tema del 7%, se pensó para aliviar la carga a los nuevos autónomos a CORTO PLAZO. Por lo tanto, a largo plazo es otra historia, así que cuidado.

Cuando realizas una retención, adelantas una parte del IRPF en las facturas, pero a final de año Hacienda se encarga de cobrarse sus deudas. Puede salirte a devolver, algo que gusta a todos; pero también, puede salirte a pagar.

A medida que vayas aumentando tu facturación, lo que no cobre Hacienda en el momento que le corresponda, te lo cobrará en tu renta anual.

Sea como sea, no vas a poder librarte de Hacienda. 

Si quieres aplicar el 7%, estás en todo tu derecho, y te corresponde como nuevo autónomo. Pero, no olvides que tarde o temprano tendrás que subir al 15%, para no notar esa carga tributaria.

¿Qué pasa si me equivoco en el porcentaje que retengo en las facturas?

Pues de nuevo, la respuesta es que dependeNo es lo mismo haber pagado de más por haber aplicado un porcentaje de retención de IRPF más alto que retener menos de lo que deberías en tus facturas. 

Si podrías aplicar el 7, y has aplicado el 15 ya no podrás aplicar en tus facturas el porcentaje reducido. Deberás seguir descontando el porcentaje general y regularlo cuando hagas la declaración de la renta. Y ya está, no habrá más problemas.

Si has pagado de menos, Hacienda puede ir contra ti y también contra la empresa que ha recibido tus facturas

Para corregir el error se suelen emitir facturas rectificativas de las que se han emitido con la retención incorrecta. Salvo que te hayas dado cuenta después de presentar la Declaración de la Renta. En este caso, poco puedes hacer. 

Aplicar un porcentaje de retención inferior al que deberías puede acarrear sanciones, así que te recomendamos revisar bien todo antes de hacer tus facturas. 

Y si no soy autónomo, ¿qué porcentaje de IRPF tengo que aplicar?

En primer lugar debes estar seguro de poder facturar sin ser autónomo, ya que tienes que cumplir ciertos requisitos para ello. La regla general es la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 

En caso de facturar sin ser autónomo tendrás que aplicar el porcentaje que te corresponda, como hemos visto.

Aplicar el 7% puede ser una gran ayuda para los nuevos autónomos que, al empezar su actividad, facturan poco y necesitan un empujoncito. Pero la decisión final es tuya, emprendedor.

No obstante, puede ser que sigas teniendo dudas. En ese caso, Rafael Marquina & Asociados puede ser tu solución. Un equipo de profesionales te asesorará y guiará en todo lo relacionado con la facturación y la fiscalidad de tu negocio. ¡No dudes en ponerte en contacto con ellos!

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Cuánto cobra un autónomo por la incapacidad permanente

La incapacidad permanente del autónomo es similar a la que puede cobrar un trabajador por cuenta ajena. No obstante, tiene ciertas diferencias y requisitos especiales.

Vamos a ver todo lo relativo a esta prestación de los trabajadores por cuenta propia.

Qué es la prestación por incapacidad permanente

La prestación de incapacidad permanente de autónomo es una prestación económica que tiene como objetivo cubrir la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando está afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.

Las prestaciones se derivan de los distintos grados de incapacidad, que están incluidos dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, con las particularidades que tiene cada uno de ellos.

Tipos de incapacidad

Aunque con un poco de spoiler, te adelanto la cantidad que se cobra de prestación va en función de los grados de incapacidad permanente que son los siguientes:

  • Incapacidad permanente parcial. La prestación consiste en una indemnización a tanto alzado. El importe de la indemnización es igual a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo del subsidio de incapacidad temporal del que se deriva la incapacidad permanente.. Los autónomos no tienen reconocida la incapacidad permanente por enfermedad común en grado de parcial, solo se reconoce si se debe a contingencia profesional.
  • Incapacidad permanente total. El autónomo tiene derecho a recibir una pensión vitalicia equivalente al 55% de su base reguladora. Además, si no logra encontrar un puesto de trabajo alternativo a su actividad habitual, esta prestación puede aumentarse en un 20%.
  • Incapacidad permanente absoluta. El importe de esta pensión se calcula aplicando un porcentaje del 100% sobre la base reguladora. Es decir, se cobra una prestación económica equivalente al total de la base reguladora.
  • Gran invalidez. En este tipo de incapacidad se suma a la incapacidad existente, que normalmente es la incapacidad absoluta, un 45% de la base mínima y un 30% de la última base de cotización correspondiente a la contingencia que causó la incapacidad. Por tanto, un autónomo tendrá acceso a un total del 175% de su base reguladora.

Cuándo se cobra la incapacidad permanente

La incapacidad temporal, también conocida como la baja laboral del autónomo, se cobra cuando se de alguna de estas situaciones:

  • Por enfermedad común o accidente no profesional. Esto puede ser cualquier enfermedad o accidente que no estén relacionados con la actividad que hace el autónomo.
  • Por accidente de trabajo. Es el evento que ha ocurrido como consecuencia directa e inmediata de la actividad profesional. No estará cubierto cuando se deba a una imprudencia temeraria por parte del autónomo.
  • Por enfermedad profesional. Es una patología que se ha contraído como consecuencia de la actividad y están especificadas en el Real Decreto 1299/2006.

Cuánto cobra un autónomo por incapacidad permanente

Como ya te comentaba antes, la cantidad que va a cobrar un autónomo por la prestación de incapacidad permanente va a depender de qué grado de incapacidad tenga y de la base de cotización que haya tenido antes de la incapacidad.

Además, las prestaciones por incapacidad permanente pueden consistir en una pensión que se cobra mensualmente o una cantidad a tanto alzado.

Cuál es la base de cotización de un autónomo

La base de cotización de los autónomos está determinada actualmente por los ingresos reales que obtenga.

En cualquier caso, existe un mínimo que cobran por la incapacidad, aunque la cuantía no es muy alta. Se puede consultar la pensión por incapacidad permanente mínima en la web de la Seguridad Social.

Requisitos para solicitar la incapacidad permanente de autónomos

Para solicitar la prestación por incapacidad permanente para autónomos es necesario cumplir lo siguiente:

  • Estar dado de alta como autónomo.
  • No tener deudas con la Seguridad Social. Es decir, estar al día con la cuota de autónomos.
  • Tener un período mínimo cotizado, si las causas de tu incapacidad permanente es una enfermedad común o un accidente no laboral. Para la incapacidad permanente total, la absoluta y por gran invalidez, el periodo de cotización es:
    • Para los menores de 31 años, los años cotizados para la incapacidad serán la tercera parte del tiempo transcurrido desde que cumpliste 16 años hasta la fecha del hecho, es decir, cuando contrajiste la enfermedad o tuviste el accidente.
    • Para los mayores de 31 años, los años cotizados para la incapacidad son una cuarta parte del tiempo transcurrido desde los 20 años hasta cuando enfermaste o tuviste el accidente, con un mínimo de 5 años cotizados. A los mayores de 31 años se les exige también que una quinta parte de sus cotizaciones hayan tenido lugar en los 10 años anteriores al accidente o a la enfermedad.

Cómo solicitar la incapacidad permanente

A la hora de solicitar la incapacidad permanente, hay que seguir los siguientes pasos:

Reunir la documentación necesaria

Lo primero que hay que hacer antes de presentar la solicitud de incapacidad permanente, es reunir la documentación necesaria.

De esta forma, el trámite se hará correctamente.

Por enfermedad común o accidente no laboral

Para solicitar incapacidad permanente por enfermedad común, o por accidente no laboral, será necesario tener los siguientes documentos:

  • DNI, pasaporte o NIE del solicitante o del tutor legal, en caso de que el solicitante sea menor de edad.
  • Si la incapacidad proviene de una enfermedad común, se deben incluir los justificantes de las cotizaciones de los tres meses anteriores a la solicitud.
  • El historial clínico del solicitante.

Por accidente laboral o enfermedad profesional

Es fundamental presentar el parte correspondiente y un certificado con las bases de cotización del año anterior.

Cumplimentar el formulario de solicitud

El documento de solicitud tiene siete secciones, que son las siguientes:

  • Datos personales. El nombre, los apellidos, la fecha de nacimiento y los datos de contacto. Además, hay que especificar si se ha trabajado en el extranjero y si se tiene reconocida alguna discapacidad.
  • Otros datos. La lengua en la que se quieren recibir las notificaciones y el domicilio donde se va a recibir la correspondencia.
  • Situación laboral. Explicar la última actividad ejercida y si se ha cotizado en el Régimen de Clases Pasivas.
  • Datos para el reconocimiento por cuidado de hijos. Marcar casillas correspondientes y proporcionar información sobre los hijos.
  • Datos relacionados con la prestación. Hay que indicar el tipo de contingencia que genera la incapacidad y si se planea seguir trabajando.
    • Alegaciones. Añadir cualquier hecho relevante que apoye la solicitud.
    • Datos bancarios y consentimiento. Información para el ingreso de la prestación y dar consentimiento para verificar datos con otras Administraciones.

Presentar la solicitud de Incapacidad Permanente

Hay dos formas de presentar la solicitud de incapacidad permanente para autónomos:

  • De forma presencial. Entregando la solicitud en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
  • Online. De esta formas tendrás que acceder con Usuario y Contraseña (Cl@ve permanente), por el cual se enviará un código de SMS que deberás introducir para firmar la solicitud. En el caso de que la presentes a través de un representante, es necesario adjuntar el modelo de representación correspondiente. Una vez presentada, recibirás un PDF como justificante. Si por el contrario, no recibes la confirmación, lo recomendable es intentarlo de nuevo más tarde. La resolución será enviada al domicilio del interesado por parte del INSS.

Si esto te ha parecido mucho lío no olvides que en Rafael Marquina & Asociados pueden ayudarte con todos los trámites que necesites para de esta forma olvidarte de tanto papeleo. ¡Déjalo en manos expertas! 🙌

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Calendario Fiscal 2025 | Autónomos y empresas

Como ya es costumbre, la Agencia Tributaria ha publicado el nuevo calendario fiscal de 2025, para que autónomos y empresas puedan consultar las fechas en las que tienen que cumplir con sus obligaciones tributarias.
En este calendario podrás consultar todos los plazos en lo que tendrás que presentar los modelos documentales. Por eso, coge papel y boli o el bloc de notas del móvil y apunta 

¡No dejes que se te pase ninguna fecha!

Primer trimestre del año

Vamos a dividir este calendario por trimestres para que puedas ver los plazos con más claridad. Los primeros meses del año tendrás que presentar los siguientes modelos:

Modelo a presentar en Enero

Este primer mes viene con mucha «chicha», porque suele ser en el que hay que presentar tanto las declaraciones anuales como el cuarto trimestre del autónomo:

  • Con fecha límite el 20 de enero:
    • Modelo 111: Retenciones de IRPF a empleados y profesionales en el 4º trimestre. 
    • Modelo 115: Retenciones de alquileres en el 4º trimestre. 
    • Modelo 123: Retenciones de rendimientos de capital mobiliario.
    • Modelo 039: Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades de IVA.
    • Modelo 161: Resumen de las aportaciones recibidas durante 2024 para poner en marcha un proyecto.
  • Hasta el 30 de enero:
    • Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF del 4º trimestre. 
    • Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF del 4º trimestre, pero en estimación objetiva. 
    • Modelo 303: Autoliquidación del IVA del 4º trimestre. 
    • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias del 4º trimestre.
  • Hasta el 31 de enero es el turno de los resúmenes anuales:
    • Modelo 180: Resumen anual de retenciones de alquileres. 
    • Modelo 190: Resumen anual de retenciones de empleados y profesionales. 
    • Modelo 390: Resumen anual del IVA.
    • Modelos 036 y 037: Declaración de datos censales de la empresa o persona física.
    • Modelo 179: Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
    • Modelo 182: Donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas.
    • Modelo 184: Declaración informativa de entidades en Régimen de Atribución.
    • Modelo 233: Declaración informativa por gastos en guardería.
    • Modelo 270: Declaración de premios de lotería.
    • Modelo 309: Liquidación del IVA del último trimestre de 2024, solo para aquellos no obligados a presentar los modelos 303 o 390.
    • Modelo 345: Modelo anual de planes de pensiones, fondos de pensiones, planes de previsión asegurados o de previsión social empresarial, seguros de dependencia…
    • Modelo 369: Declaración del IVA por prestación de servicios digitales o venta a través de un ecommerce en países europeos fuera de España.

Modelos a presentar en Febrero

Este mes es más liviano porque el único modelo a presentar con fecha límite el día 28 es:

  • Modelo 347: Declaración informativa anual de operaciones con proveedores y clientes superiores a los 3.005,06 euros.

Modelos a presentar en Marzo

Al igual que el mes anterior en Marzo solo tendrás que presentar un modelo y para ello tendrás hasta el día 31:

  • Modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero.

Segundo trimestre del año

Como se suelo decir «segundas partes nunca fueron buenas«, y es que esta segunda parte del año no iba a ser una excepción, ya que trae con ella la temida Declaración de la Renta. 

Modelos a presentar en Abril

Abril es el mes que comienza la campaña de la Declaración de la Renta, vamos a ver todas sus fechas clave.

  • Desde el día 6 de abril:
    • Modelo 100: Declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, inicio del plazo para la presentación por Internet.
  • Hasta el 20 de abril:
    • Modelo 111: Retenciones de IRPF a empleados y profesionales.
    • Modelo 115: Retenciones de alquileres.
    • Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF en estimación directa.
    • Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF en estimación objetiva.
    • Modelo 202: Pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.
    • Modelo 303: Autoliquidación del IVA.
    • Modelo 309: Liquidación del IVA del último trimestre de 2024, solo para aquellos no obligados a presentar los modelos 303 o 390.
    • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias.
  • Hasta el 30 de abril:
    • Modelo 369: Declaración del IVA por prestación de servicios digitales o venta a través de un ecommerce en países europeos fuera de España.

Modelos a presentar en Mayo

En Mayo la cosa se calma un poco y tendrás hasta el día 10 para presentar:

  • Modelo 100: Declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, inicio del plazo para la presentación telefónica.

Modelos a presentar en Junio

En este mes, es muy importante que tengas en cuenta que acaba el plazo para presentar la Declaración de la Renta que hiciste en Mayo:

  • Hasta el 24 de Junio:
    • Modelo 714: Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Hasta el 30 de Junio:
    • Modelo 100: Declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, finalización del plazo.

Tercer trimestre del año

En este tercer trimestre solo tendrás que tener en mente un único mes, el resto puedes descansar de presentar tanto modelos que te lo mereces después de tanto papeleo 

Modelos a presentar en Julio

En este mes, volvemos a ver los modelos trimestrales que a estas alturas seguro que los haces con los ojos cerrados:

  • Hasta el 20 de Julio:
    • Modelo 111: Retenciones de IRPF a empleados y profesionales.
    • Modelo 115: Retenciones de alquileres.
    • Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF en estimación directa.
    • Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF en estimación objetiva.
    • Modelo 303: Autoliquidación del IVA.
    • Modelo 309: Liquidación del IVA del último trimestre de 2024, solo para aquellos no obligados a presentar los modelos 303 o 390.
    • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias.
    • Modelo 202: Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
  • Hasta el 25 de Julio:
    • Modelo 200: Presentación del Impuesto de Sociedades.

Cuarto y último trimestre del año

Aunque el año vaya llegando a su fin todavía quedan muchos modelos que presentar por delante y, como verás más adelante, muchos son repeticiones de otros meses.

Modelos a presentar en Octubre

Por fin llegó el momento de terminar con las presentaciones trimestrales. A partir de Octubre podrás respirar con tranquilidad para olvidarte (hasta enero del siguiente año) de los mil modelos trimestrales que llevas todo el año presentando.

  • Con fecha límite el 20 de Octubre:
    • Modelo 111: Retenciones de IRPF a empleados y profesionales.
    • Modelo 115: Retenciones de alquileres.
    • Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF en estimación directa.
    • Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF en estimación objetiva.
    • Modelo 303: Autoliquidación del IVA.
    • Modelo 309: Liquidación del IVA del último trimestre de 2024, solo para aquellos no obligados a presentar los modelos 303 o 390.
    • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias.
    • Modelo 202: Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
  • Hasta el 29 de Octubre:
    • Modelo 369: Declaración del IVA por prestación de servicios digitales o venta a través de un ecommerce en países europeos fuera de España.

Modelos a presentar en Noviembre

Los dos últimos meses que quedan del año son fáciles de cumplir, verás por qué:

  • Hasta el 7 de Noviembre:
    • Modelo 102: Pago del segundo plazo de la declaración de la Renta, en el caso de haberlo fraccionado.

Modelos a presentar en Diciembre

Y por último, para finalizar el año fiscal y sus obligaciones:

  • Tendrás hasta el 20 de Diciembre:
    • Modelo 202: Pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.

Con esto llegamos al final del año y tendremos que esperar a que la Agencia Tributaria publique el siguiente calendario fiscal, aunque ahora lo mejor es un descanso 

¿Quieres olvidarte de tantos modelos y presentaciones para centrarte en lo importante, tu negocio? No dudes en contactar con los asesores expertos de Rafael Marquina & Asociados que te ayudarán en todo lo que necesites para que tengas un feliz año fiscal. 

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Cómo tributan los dividendos en España

Saber cómo tributan los dividendos en el IRPF no es tarea fácil. Existen normas generales, excepciones y doble imposición por lo que la tarea se hace bastante compleja.

Y como sé lo complicado que puede ponerse, voy a resolver tus dudas 😉

Cómo tributan los dividendos

Para saber cuál es la tributación de los dividendos, dependerá de lo que hagas con las acciones o los derechos de suscripción que tengas, por ejemplo:

  • Si obtienes dividendos en forma de acciones. En esta situación sólo pagarás impuestos en el momento en que las vendas. Se considerará ganancia o pérdida patrimonial dentro de la base imponible de las rentas del ahorro.
  •  Si vendes derechos de suscripción o acciones a terceros. Los dividendos se consideran ganancia o pérdida patrimonial dentro del régimen del ahorro.
  • Si vendes los derechos de suscripción o acciones a la propia empresa. Se consideran rendimientos del capital mobiliario dentro de la base imponible del ahorro.

👉 Recuerda, la casilla donde se imputan los dividendos es la 029 de la Declaración de la Renta, y tendrás que marcarla siempre que corresponda. 

Tipos de dividendos y su fiscalidad

La tributación de los dividendos puede ser distinta en función del tipo de dividendo al que se refiera:

Fiscalidad de dividendos en metálico

Los dividendos en metálico tributan habitualmente como rendimientos del capital mobiliario dentro de las rentas del ahorro, salvo excepciones.

Entonces, el dinero de los dividendos de tus acciones tendrás que sumarlo al de los depósitos, cuentas corrientes y letras del Tesoro que sean de tu titularidad. Una vez hecho esto, tributarán según los tramos aplicables en el IRPF a la base imponible del ahorro.

Se paga entre un 19% y un 28% dependiendo del resto de tus inversiones. Y es que, antes de aplicar las tablas del ahorro, hay que sumar los rendimientos de capital mobiliario a las ganancias y pérdidas patrimoniales (acciones, fondos de inversión, ETF…).

Al hacer la renta podrás incluso compensar ambas con un margen del 25% para pagar menos impuestos 😉

¿Qué ocurre con la fiscalidad del reparto de dividendos de una sociedad limitada que no cotiza?

El dinero que reparte una empresa que no esté cotizada, tendrá el mismo tratamiento cuando se trate de rendimientos dinerarios. Esto quiere decir que la fiscalidad de los dividendos es la misma, independientemente de si la empresa cotiza o no en Bolsa.

Lo que sí es diferente es que los socios de una Sociedad Limitada pueden aplicar la deducción por doble imposición interna para los dividendos, evitando pagar impuestos dos veces, primero el Impuesto de Sociedades y después el IRPF.

Además, si se cumplen una serie de requisitos fijados en el artículo 30 de la Ley del Impuesto de Sociedades, esta deducción será del 100% y si no, sólo del 50%.

En otros países, tampoco es diferente la fiscalidad de los dividendos, como por ejemplo en las acciones alemanas. Lo que sí puede ser diferente es el tema de la doble imposición y la retención del IRPF.

Todos los dividendos de empresas cotizadas en España incluyen una retención del 19% a cuenta del IRPF, algo que no hacen los dividendos de empresas extranjeras. Éstas aplican la retención que corresponda en el país de origen que después, habrá que recuperar al hacer la renta.

Fiscalidad dividendos en acciones

La opción de pagar en especie se ha hecho más popular a través de lo que se conoce como script dividend, con lo que da la empresa la posibilidad de percibir el dividendo en forma de acciones mediante unos derechos de suscripción.

Es decir, el cobro de dividendo en acciones supone la posibilidad de cobrar en acciones, vender esos derechos en el mercado y hacerlos dinerarios siendo la propia empresa quien los compra.

El pago de dividendos en acciones tiene una fiscalidad diferente a la del cobro de dividendo dinerario.

Lo que pasa es que el pago de impuestos tiene que ver con la venta de los nuevos títulos. Por lo tanto, no pagarás impuestos hasta que vendas las acciones.

Cuando los vendas, se considerará ganancia o pérdida patrimonial y tributará como cualquier otro título.

Retención por dividendos

Como hemos visto, el pago de dividendos puede estar o no sujeto a retención de IRPF, según la forma en que se cobra y quién lo hace.

Cuando se vaya a contabilizar el pago de dividendos, la empresa tiene que tener en cuenta la retención que hay que hacer y el plazo que existe para hacerlo.

Por norma general, los dividendos están sujetos a una retención del 19% a cuenta del IRPF.

Excepciones en la retención de IRPF de los dividendos

Sabiendo que los dividendos están sujetos a esta retención del IRPF, existen también excepciones que debemos conocer:

  • Si el socio es persona física, se aplicará una retención de IRPF del 19% salvo en el caso de entrega de acciones como dividendo, donde no hará retención.
  • Si el socio es una sociedad con participación inferior al 5%, se aplicará una retención del 19%.
  • Si el socio es una sociedad con una participación superior al 5%, no se practicará retención siempre que haya tenido ese porcentaje, o superior, a lo largo de los 12 meses anteriores.

Dependiendo de tu situación, la empresa que reparte dividendos te retendrá más o menos. Además, si has cobrado dividendos del extranjero, podrás solicitar que te devuelvan una parte de la retención en origen.

Qué es la doble imposición por dividendos

Como ya hemos adelantado en los apartados anteriores, la fiscalidad de los dividendos en acciones extranjeras es igual que la de España, y también para los fondos de inversión.

Eso sí, cada país tiene su normativa fiscal y la aplica a las empresas residentes.

Por ejemplo, una empresa española del Ibex tiene que aplicar una retención del 19% al dividendo que paga, mientras que una alemana incluirá un 26,375%. Esto hace que se produzca lo que se conoce como doble imposición sobre los dividendos, lo que significa que pagas dos veces impuestos por un mismo hecho (el IRPF).

En este caso, pagarías la retención en el país de origen (Alemania, en este caso) y, además, los impuestos que correspondan en España que serán de un mínimo del 19%.

Para evitar la doble imposición y que no pagues de más, existen los convenios de doble imposición. Se trata de acuerdos entre países para facilitar los trámites, normalizar procesos y tramitar posibles pagos en exceso.

Con carácter general, España establece en sus convenios de doble imposición que la retención por dividendo extranjero debe ser del 15%. Esto quiere decir que, si una persona extranjera percibe dividendos de una entidad española, éstos podrán someterse a tributación en España con ese límite o el que marque el convenio.

Esto mismo también se aplica a los dividendos del extranjero que percibes en España. Como norma general, podrás recuperar en la renta hasta el 15% de lo que te hayan retenido en el país de origen. El resto, deberás solicitarlo al fisco de cada país.

En caso de que no un acuerdo de doble imposición, tendrás que reclamar el importe total.

Ahora que ya sabes cómo tributan los dividendos, esperamos que este tema te parezca un poco menos difícil de entender y cumplir.

En cualquier caso, lo mejor es que acudas a una asesoría como la de Rafael Marquina & Asociados. En ella podrás encontrar a personal especializado que podrá ayudarte y acompañarte en todo lo que necesites.

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Modelo 130| Qué es y para qué sirve

Una de las primeras cuestiones que se nos plantean en el momento en el que nos lanzamos al mundo profesional es, cómo tributamos de cara al IRPF y cómo funciona el modelo 130.

Pues deja la mente en blanco, porque te voy a explicar todo lo que necesitas saber sobre él. ¡Vámonos que nos vamos! 🙌

Qué es el modelo 130 y para qué sirve

Este modelo es una declaración trimestral del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el cual se liquida el pago fraccionado de dicho impuesto.

Es decir, es una declaración de los ingresos y los gastos por el que los autónomos van pagando anticipos, normalmente del 20%, por su Declaración de la Renta. 

Piensa, por ejemplo, en los trabajadores por cuenta ajena. En sus nóminas se puede encontrar una retención de IRPF. Pues sería lo mismo, la diferencia es que con este modelo se paga un porcentaje fijo independiente del volumen de ingresos. 

Quién está obligado a presentar el modelo 130

Lo primero que debemos saber es si estamos, o no, obligados a presentar y liquidar de manera trimestral nuestro IRPF a través del modelo 130.

A continuación te dejo una lista de aquellos que están obligados a presentar este modelo:

  • Todo aquel autónomo que esté dado de alta en un epígrafe de actividad empresarial. Excepto, los que tributen a través del sistema de módulos, los cuales deberán presentar el modelo 131.
  • Todos aquellos autónomos con actividad profesional (IAE) que no emitan factura con retención con carácter general (7% o 15%).
  • Todas las personas físicas, miembros de comunidades de bienes, o sociedades civiles que tributen en IRPF y que ejerzan actividades económicas; incluyendo las ganaderas, agrícolas, forestales y pesqueras.

Como excepción, aquellos que percibieran como mínimo el 70% de sus ingresos procedentes de la actividad profesional, hubieran tenido retención o ingreso en cuenta, no deberán presentarlo. 

En el caso de las sociedades civiles o comunidades de bienes, el pago fraccionado y la declaración anual se deberá efectuar a cada uno de los socios en proporción a su participación en el beneficio de la entidad.

Cuándo se debe presentar

Al ser de carácter trimestral, se establecen cuatro plazos para su presentación:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo semestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero.

Además, debemos  tener en cuenta los días hábiles, por lo que en domingo o festivo, el plazo se alargará hasta el próximo día hábil.

Cómo presentar el modelo 130

Existen dos formas de presentar este modelo:

  • De forma telemática. Este procedimiento se realiza a través de la página web de la Agencia Tributaria.
  • De forma presencial. Podrás descargar el modelo a cumplimentar en la página de la Agencia Tributaria, y presentarlo en el banco o en las oficinas de Hacienda. 

¿Debo presentar el modelo 130 todos los trimestres aún sin actividad?

. Aunque en alguno de los trimestres no hayas tenido actividad, y por tanto tampoco emisión de ninguna factura con retención, también debes presentar este modelo e informar a Hacienda de tu situación.

Si no lo presentas, pueden considerar que facturas sin tributar, lo que puede dar lugar a una inspección por su parte. Y seguro que no te apetece nada de nada que te visite Hacienda, ¿verdad?

Debes tener en cuenta que sin actividad no podrás deducirte ningún gasto ni el IRPF, por lo que deberás afrontar todos los gastos del trimestre sin ningún tipo de deducciones.

Ahora que ya te ha quedado claro qué es el modelo 130 y para qué sirve, te aconsejo que lo dejes en manos de profesionales como los de Rafael Marquina & Asociados. Como emprendedor, seguro que tienes otras cosas en las que pensar; además, así no te arriesgas a ser carne de inspección de Hacienda.

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Factura electrónica en España | ¿Cuándo es obligatoria?

Existe mucho revuelo y confusión entre empresas y autónomos en relación con la factura electrónica.

La información ha ido cambiando y no es fácil saber en muchas ocasiones a qué hay que enfrentarse.

Vamos a verlo todo en relación con esta nueva obligación.

Qué es la factura electrónica

La factura electrónica es un documento comercial que tiene la misma validez que la factura en papel y sirve como justificante de la entrega de bienes o prestación de servicios.

La principal característica de la factura electrónica es que se transmite a través de medios digitales o telemáticos.

Según la definición del Ministerio de Hacienda, la factura electrónica es una factura expedida y emitida en formato electrónico. Además, es necesario que el destinatario dé su consentimiento para que pueda emitirse.

Tipos de facturas electrónicas

Existen tres tipos de facturas electrónicas, las más comunes son:

  • Factura electrónica B2B. Este documento se utiliza para transacciones comerciales entre empresas.
  • Factura electrónica B2C. Este documento se utiliza para transacciones comerciales entre una empresa y un consumidor final.
  • Factura con organismos públicos. Este tipo de factura es la que se utiliza en transacciones con las Administraciones Públicas.

Reglamentación de la factura electrónica

La factura electrónica obligatoria es una de las medidas que se han aprobado dentro de la Ley Crea y Crece. Se aprobó en septiembre de 2022 y tiene como objetivo mejorar la digitalización en las transacciones entre empresas y profesionales.

Se han desarrollado reglamentariamente los requisitos técnicos y de información que hay que incluir en la factura electrónica, teniendo en cuenta los estándares globales actuales para minimizar el esfuerzo para cumplir y adaptar las empresas que usan facturas electrónicas estructuradas.

Desde cuándo es obligatoria la factura electrónica en España

Utilizar la factura electrónica es obligatorio desde el año 2015 para algunos autónomos y empresas.

Se incluyó en la Ley 25/2013 y era obligatoria cuando el destinatario era una Administración Pública, pudiendo seguir usando el sistema tradicional para el resto de facturas.

A partir de la aprobación de la Ley Crea y Crece se estableció un período de seis meses para desarrollar los requerimientos en su desarrollo reglamentario.

En principio, la factura electrónica es una obligación que parecía tener que hacerse efectiva en julio de 2025. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha retrasado esta responsabilidad, al menos, hasta 2026.

Cómo hacer una factura electrónica

El nuevo reglamento especifica que la factura electrónica se puede hacer por plataformas privadas de facturación electrónica, a través de la solución pública de facturación electrónica o a una combinación de ambas.

Por tanto, existe la opción para autónomos y empresas de utilizar un programa de facturación privado que cumpla con los requisitos legales. O utilizar la solución pública de la Agencia Tributaria para complementar o para emitir sus facturas electrónicas.

En cualquier caso, independientemente de la solución que se use, se deben incluir todos elementos y datos obligatorios en su factura electrónica.

Verifactu

Verifactu es el sistema gratuito que va a habilitar la Agencia Tributaria y que está diseñado para que los autónomos y las pymes puedan hacer sus facturas y compartirlas inmediatamente con Hacienda.

Este sistema facilitará el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y estará todo completamente verificado.

Elementos de la factura electrónica

Cuando se va a emitir una factura electrónica, como ya hemos visto, se puede utilizar el programa privado o Verifactu.

Los datos mínimos que debe tener cualquier factura electrónica son los siguientes:

  • Numeración. Es necesario identificar cada factura con un número correlativo.
  • Fecha del día de emisión. Marca el momento en el que se emite el documento.
  • Datos fiscales del emisor y del receptor de la factura.
  • Concepto. Hay que especificar qué productos o servicios son los que se han vendido.
  • Base imponible. Es el importe de la venta sin impuestos.
  • Tipo impositivo. Es el tipo de IVA que se aplica a la base imponible dependiendo de los productos o servicios que se ofrezcan.
  • Tipo IRPF. En ocasiones, también es necesario hacer una retención en la factura, siendo el tipo habitual del 15%.
  • Importe total. Se calcula con la base imponible más IVA, menos el IRPF.
  • Firma electrónica.

Elementos de la factura electrónica para Ayuntamientos

Si vas a emitir facturas para las Administraciones Públicas, tienes que estar seguro de que se cumplen los requisitos incluidos en la normativa y que están todos los elementos necesarios.

Las facturas que van dirigidas a las Administraciones Públicas se tienen que entregar en formato electrónico y con los requisitos de la FacturaE. Es decir, una factura electrónica en formato XML.

Las facturas electrónicas destinadas a las Administraciones Públicas deben cumplir estos tres requisitos específicos:

  • Estar escritas en un lenguaje informático concreto.
  • Que estén firmadas electrónicamente. Hay que firmar la factura electrónica con un certificado reconocido o un sello electrónico que identifique a la sociedad, a través de su denominación social y su número de identificación fiscal.
  • Indicar el destinatario de la factura electrónica.

Las empresas tendrán un tiempo de adaptación para empezar a utilizar los sistemas de facturación conforme a la normativa en vigor.

Elementos de la factura electrónica entre empresas

Los principales elementos que deben incluir las facturas electrónicas entre empresas son los obligatorios para cualquier factura electrónica, y que hemos visto al principio de este apartado.

Además, también se tendrán que incluir algunos datos y elementos que serán específicos para las facturas electrónicas entre empresas. Algunos de ellos son:

  • El estado de pago de las facturas. Al emitir una factura, será necesario incluir un campo que indique su situación, como «pendiente de aceptación», «pendiente de pago» o «pagada». Además, cuando una empresa reciba una factura electrónica, deberá comunicar al proveedor si la acepta o rechaza, así como informar del pago realizado y la fecha correspondiente, entre otros detalles.
  • Código QR y alfanumérico. Para que sea legal, la factura electrónica deberá incluir uno de los dos.
  • Incluir el texto «factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERIFACTU». Para que el sistema informático de la empresa intercambie de manera instantánea todos los registros de facturación con la Administración.

El software creado por la AEAT comprueba el cumplimiento del formato y los requisitos establecidos encargándose de validar la factura electrónica enviada.

La factura electrónica es una obligación que ya existía en algunos casos y que se va a implantar para todas las empresas y autónomos con la finalidad de avanzar en la digitalización de las empresas y en la lucha contra el fraude fiscal. 

Si todavía no te ha quedado claro y tienes dudas contacta con una asesoría como la de Rafael Marquina & Asociados en la que te informen de todo. Así, sabrás cuándo es obligatoria la factura electrónica en España y cómo implementarla en tu negocio correctamente 😉

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Qué es una Sociedad civil profesional y como es su tributación

La sociedad civil profesional es uno de los muchos tipos de entidades que existen en España. Aunque tiene cosas en común con otras, este tipo de sociedad tiene características especiales ✨

Te voy a presentar a la «desconocida», Sociedad civil profesional. ¡Vamos a ello! 😱

Qué es una sociedad civil profesional

Una Sociedad Civil es un contrato privado entre dos o más personas que colaboran para hacer una actividad con ánimo de lucro.

La Sociedad Civil profesional es una entidad jurídica en la que hay varios profesionales, habitualmente de la misma disciplina, que se agrupan para hacer una actividad profesional de forma conjunta.

La regulación de su actividad está en la Ley de Sociedades Profesionales 2/2007, del 15 de marzo.

Diferencia entre la sociedad civil profesional y la sociedad limitada profesional

Entre estas dos entidades existen diferencias jurídicas, tributarias y contables.

En el apartado jurídico, la sociedad civil es de responsabilidad personal e ilimitada. En el caso de la sociedad limitada, se hará con el capital aportado.

En cuanto a la fiscalidad, las sociedades civiles profesionales tributan a través del régimen de atribución de rentas del IRPF, mientras que la limitada lo hacen con el Impuesto de Sociedades.

La contabilidad de las sociedades limitadas debe hacerse de acuerdo a lo establecido en el Código de Comercio y depositar cada año los libros contables en el Registro Mercantil, pero las sociedades civiles profesionales no.

Características de la sociedad civil profesional

Los elementos diferenciadores de la sociedad civil profesional son:

  • Se forman por un mínimo de dos socios que desarrollan la misma profesión. Además, estos socios deben cumplir:
    • Estar en poder de titulación universitaria.
    • Estar colegiados para desempeñar la actividad.
  • Tienen como principal objetivo prestar servicios profesionales específicos. Algunos ejemplos habituales son el asesoramiento legal o los servicios médicos.
  • Los socios tienen responsabilidad personal, ilimitada y solidaria frente a las obligaciones derivadas de la actividad.
  • La sociedad civil profesional debe constituirse ante notario e inscribirse en el Registro Mercantil, y también en el registro de sociedades profesionales del colegio profesional al que pertenezcan.
  • No hay capital mínimo. Además, la aportación puede ser a través de dinero, bienes o derechos.

Constitución de una sociedad civil profesional

Para la constitución de una sociedad civil profesional en España hay que llevar a cabo una serie de pasos y aportar la documentación necesaria. Te lo cuento en detalle:

Documentos y requisitos necesarios para su constitución

La documentación necesaria para constituir una sociedad civil profesional es:

  • DNI o NIF de cada uno de los socios.
  • Título profesional y certificado de colegiación de los socios.
  • Inscripción en el Registro Mercantil.
  • Inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional.
  • Acuerdos de los socios. Es un documento en el que se recoge el acuerdo sobre la puesta en marcha de la sociedad y su gestión.
  • Estatutos de la Sociedad. En este documentos se incluyen las normas internas, así como la denominación social, el objeto social, la duración, las aportaciones de los socios, la distribución de beneficios y pérdidas, etc.
  • Certificado expedido por el Registro Mercantil Central que demuestre que el nombre elegido para la sociedad no está en uso.
  • Documento de alta en Hacienda y Seguridad Social.
  • Escritura Pública de Constitución. Es un documento que se firma ante notario para formalizar la creación de la sociedad. En ella se incluyen los estatutos.
  • Certificado del colegio profesional de no incompatibilidad.
  • Solicitud del Código de Identificación Fiscal provisional, que se obtiene en la Agencia Tributaria, entregando la copia de la escritura de constitución y el modelo 036.

Con toda esta documentación hay que llevar a cabo unos pasos para constituir la sociedad civil.

Pasos para constituir una sociedad civil profesional

Para comenzar a operar con una sociedad civil profesional hay que llevar a cabo los siguientes pasos:

  • Llegar a acuerdos y redactar los estatutos.
  • Elevar la escritura pública ante notario.
  • Inscribirse en el Registro Mercantil.
  • Inscribirse en el colegio profesional que corresponda.
  • Obtener el CIF.
  • Darse de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social.
  • Legalizar los libros.

Cómo es la tributación de una sociedad civil profesional

Este tipo de sociedades tienen características especiales en cuanto a tributación se refiere. Vamos a ver cómo aplica cada impuesto.

Impuesto de Sociedades

Tendrán la obligación de tributar en el Impuesto de Sociedades, las sociedades civiles que tengan personalidad jurídica y su objeto sea mercantil.

Te lo traduzco, la finalidad de su constitución deberá ser una actividad mercantil interviniendo en el mercado mediante la aportación de bienes o servicios con ánimo de lucro. Además, sus pactos no pueden ser secretos.

De esta forma, quedan excluidas de la obligación de contribuir en el Impuesto de Sociedades las entidades que lleven a cabo actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras y de carácter profesional, porque dichas actividades son ajenas al ámbito mercantil.

IRPF

Se le aplica este impuesto en régimen de atribución de rentas.

Las principales características de este modo de tributar son:

  • Las entidades no son contribuyentes del Impuesto de Sociedades por las rentas que obtienen.
  • Las rentas obtenidas por la entidad se atribuyen, según las normas o pactos aplicables, a los socios, comuneros, herederos o partícipes.
  • Los socios, comuneros, herederos o partícipes tributan por las rentas atribuidas como se las obtuvieran ellos directamente.
  • Las rentas atribuidas tienen la misma calificación en el socio, comunero, heredero o partícipe que tenían al ser obtenidas por la entidad.

IVA

Este apartado es sencillito porque tienen la obligación de tributar IVA y presentar declaraciones trimestrales y resumen anual.

La sociedad civil profesional es perfecta para la unión de dos o más profesionales de la misma rama, cuando quieran llevar a cabo una actividad en común. Eso sí, como todo en esta vida, existen unos requisitos obligatorios que deberéis cumplir tus socio y tu para poder constituirla.

Por eso, si tienes en mente crear este tipo de entidad, lo mejor es que te dejes guiar por profesionales del sector. En Rafael Marquina & Asociados tendrás un equipo que podrá asesorarte desde el inicio para que puedas comenzar la actividad de la forma que quieres y sin complicaciones.

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Qué es el EBIT de una empresa y cómo se calcula

Las finanzas de las empresas son muy complejas y, al mismo tiempo, muy importantes para ellas. Tener todos los datos que ayuden a conocer cómo están evolucionando los ingresos y gastos para resolver posibles problemas o, incluso, dar por finalizada la actividad, es crucial. 

El EBIT es uno de los indicadores más utilizados y que pueden ayudarte en el día a día de las finanzas de tu empresa. 

Voy a explicarte todo, como siempre.

Qué es el EBIT

Lo primero que se te vendrá a la cabeza será preguntarte qué significan esas siglas… Pues resulta que, además de ser un amante de la contabilidad, soy bilingüe. Y pensarás, qué tiene ver eso con EBIT, muy fácil. En inglés, son las siglas de «Earnings Before Interest and Taxes«. Te lo traduzco, en español, esto significa beneficio antes de intereses e impuestos (BAII), aunque también se conoce como resultado de explotación

El EBIT es, por tanto, el beneficio que tiene una empresa sin contar los gastos e ingresos financieros ni los impuestos

Para que nos entendamos bien, es un indicador que se usa de forma muy habitual para los informes financieros en países anglosajones, siendo un cálculo variable y no estandarizado, y pudiendo cambiar según el país en el que se utilice. 

El EBIT se utiliza frecuentemente para hacer análisis financieros, porque facilita la comparación entre empresas o sucursales de un mismo negocio que se ubiquen en distintas zonas del mundo. Como su cálculo no incluye intereses de operaciones financieras ni impuestos de cada país, evita las posibles diferencias entre los modelos financieros diversos. 

Se trata de un dato que se utiliza de forma habitual para calcular otros ratios financieros, como el ROE y el análisis Dupont.

Cómo se calcula el EBIT

Ahora que ya te has hecho una idea de lo que es el EBIT, vamos a aprender cómo se calcula. 

Lo esencial en el cálculo del EBIT es que hay que restar a los ingresos producidos por las ventas de los productos o servicios, los gastos de gestión y otros. Así, se consigue como resultado las ganancias que has obtenido, obviando en cualquier momento los impuestos en cada país y los intereses que se generan en las operaciones que se hacen. 

Podemos resumir el método para calcular el EBIT en la siguiente fórmula:

Ingresos o ventas – Costes directos = Margen Bruto – Gastos Generales, de personal y administrativos = EBITDA – Amortización y provisiones = EBIT

Aplicándola obtenemos un resultado que te ayudará a analizar la situación financiera de la empresa. 

Ejemplo del cálculo de EBIT

Viendo la fórmula así, seguro que ahora tienes más dudas que antes. Pero como siempre, voy a mostrarte cómo calcular el EBIT con un ejemplo, seguro que así te va a quedar clarísimo.

Primero, debes tener todos los datos necesarios para ello: 

  • Gastos de administración: 10.000 euros.
  • Coste directo de los bienes vendidos: 20.000 euros.
  • Gastos de personal: 20.000 euros.
  • Depreciaciones y amortizaciones: 1.000 euros.
  • Ingresos por ventas netas: 70.000 euros.

Con estos datos podremos calcular el EBIT restando a los ingresos los gastos que se han especificado.

¡Recuerda! No se tendrán en cuenta los ingresos y gastos financieros ni los impuestos. 

Aplicamos la fórmula que hemos puesto en el apartado anterior:

  • Ingresos o ventas – Costes directos = Margen Bruto – Gastos Generales, de personal y administrativos = EBITDA – Amortización y provisiones = EBIT
  • 70.000 – 20.000 = 50.000 – 30.000 = 20.000 – 1.000 = 19.000€

Como puedes ver, es bastante sencillo, una vez que tienes claro los datos de la fórmula. Aún así, si no se te dan muy bien los números, o simplemente, no te apetece ponerte con la calculadora, los asesores de Rafael Marquina & Asociados estarán encantados de ayudarte. Sus profesionales llevan años ayudando a autónomos y empresarios como tu, no lo dudes y pongámonos manos a la obra.

Diferencia de EBIT y EBITDA

Para entender la diferencia entre los dos, vamos a repasar qué es el EBIT. Antes dijimos, que es el beneficio sin tener en cuenta los impuestos e intereses. Por otro lado, sabemos que es muy importante en la contabilidad de las empresas, debido a que se utiliza para comparar resultados empresariales y de distintos negocios. Además, es una herramienta que nos indica el resultado de las ventas de la compañía, sin tener en cuenta los costes financieros ni la carga fiscal.

Y aquí viene la clave, se calcula como el EBITDA.

Ahora, vamos a ver qué es el EBITDA. En este caso, sus siglas significan «Earnings Before Interest Taxes Depreciation and Amortization«, y su función es mostrar los beneficios antes de los intereses, los impuestos, la amortización y la depreciación.

Este indicador es el más utilizado para analizar la rentabilidad de una empresa, y valorar si merece la pena continuar con la actividad o no. Al calcularlo, se consigue un resultado real de las pérdidas y ganancias del negocio. Además, se utiliza para conocer la capacidad de una empresa y proporcionar los beneficios de una actividad, pero sin incluir en el cálculo todos los gastos. 

Las principales diferencias entre los dos indicadores son las siguientes: 

  • EBIT muestra las ganancias operativas, los ingresos de la empresa tras restarle los gastos. 
  • EBITDA quita de estos ingresos las amortizaciones y depreciaciones, que no son artículos en efectivo. 
  • EBIT compensa las depreciaciones.
  • EBITDA es más útil para analizar negocios del mismo sector y que tengan un capital que se encuentre en el mismo rango. 

En resumen, el EBIT es un indicador muy útil para conocer el estado de las finanzas en tu negocio. Ya has visto que calcularlo es relativamente sencillo, aunque necesitarás tener los datos actualizados y aplicar la fórmula correctamente. 

En cualquier caso, lo mejor es que cuentes con profesionales que te ayuden a obtener el EBIT, y otros indicadores, y también a analizar los resultados obtenidos. No quiero señalar a nadie, pero el equipo de Rafael Marquina & Asociados podrá acompañarte con esto y muchas cosas más, porque cuentan con los conocimientos y experiencia necesarios para ello. No lo dudes, contacto con ellos, estarán encantados de ayudarte.

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Modelo 369 IVA del ecommerce | Régimen One Stop Shop | Guía

Las obligaciones fiscales son diferentes en función de la actividad económica que realices, el tipo de productos que vendes o el lugar donde prestas tus servicios.

El modelo 369 es una obligación específica del ecommerce, como vamos a ver a continuación. Aunque también sirve para facilitar en cierto modo los trámites administrativos, que pueden ser complejos cuando intervienen distintos países.

Qué es el modelo 369

El modelo 369 de IVA en los regímenes especiales aplicables a las prestaciones de servicios y ventas a distancias de bienes es una declaración en la que se paga a la Agencia Tributaria española el IVA de los países de la Unión Europea en los que vendes con tu tienda online o prestas servicios digitales.

👀 Ojito porque sólo puede presentarse online.

Para tramitarlo tienes que estar de alta en el modelo de ventanilla única. Este sistema permite centralizar la información y documentación de los operadores económicos de las distintas autoridades relacionadas con el comercio exterior, así se evitan duplicidades y se facilitan los trámites.

La ventanilla única es una buena solución para todas las empresas que venden servicios en varios países de la Unión Europea.

Gracias a ella no tendrán la obligación de presentar el IVA en cada país miembro donde han hecho transacciones, sino que podrán hacerlo en el país en el que está registrada la empresa.

Para qué sirve el modelo 369

Con el modelo 369 se puede, una vez que estás dado de alta en el régimen de ventanilla única, declarar de forma fácil y sencilla el IVA de los servicios digitales que prestas y las ventas de bienes a través de una tienda online a los clientes de otros países de la Unión Europea.

Quién tiene que presentar el modelo 369

Lo principal una vez que conoces este modelo, es saber si estás o no obligado a presentarlo. Suele ser obligatorio para empresas acogidas a regímenes especiales que tengan España como lugar de residencia y pago de impuestos.

De acuerdo con lo establecido por la Agencia Tributaria, tienen la obligación de presentar el modelo 369:

  • Empresarios y profesionales que no estén establecidos en la Comunidad Económica Europea y estén registrados en España en el Régimen exterior de la Unión Europea.
  • Los empresarios o profesionales registrados en España en el Régimen de la Unión.
  • Los empresarios o profesionales registrados en el Régimen de Importación o los intermediarios que actúen por su cuenta.

Tendrás la obligación de presentar el modelo si tienes una tienda online y tus ventas o servicios digitales a otros países de la Unión Europea superan los 10.000 euros anuales.

Si no superas esta cantidad, deberás aplicar el IVA correspondiente en España a través del modelo 303.

Cuándo se presenta el modelo 369

La presentación del modelo 369 tiene que hacerse online, como ya hemos dicho en apartados anteriores.

En cuanto a la la periodicidad de la presentación de este modelo es mensual o trimestral, dependiendo de cada empresa o profesional y sus características:

  • Presentación trimestral del modelo 369. Se aplica para las empresas y profesionales incluidos en el Régimen de la Unión Europea y el Régimen Exterior de la UE.
  • Presentación mensual del modelo 369. Lo tendrán que presentar cada mes las empresas y profesionales incluidos en el Régimen de Importación.

El plazo de presentación del modelo 369 es de un mes natural una vez finalizado el período al que se refiera la declaración.

Veamos un ejemplo. Si tienes la obligación de presentar este modelo mensualmente porque tu empresa está incluida en el régimen de importación y quieres presentar el de enero, tendrás que hacerlo antes de que acabe febrero. Si la obligación es trimestral y quieres presentar el del primer periodo (enero, febrero y marzo), tendrás que hacerlo antes de que acabe abril.

El modelo 369 no tiene resumen anual, por lo que con la presentación mensual o trimestral se darían por concluidas las obligaciones específicas del IVA del ecommerce.

El modelo 369 del IVA del ecommerce es relativamente reciente pero sirve para declarar los impuestos a las empresas que venden productos o servicios a otros países, de esta forma se facilitan las gestiones internacionales en cuanto a la fiscalidad se refiere.

Al ser tan reciente es normal que puedas liarte un poco, por eso los asesores expertos de Rafael Marquina & Asociados están dispuestos a ayudarte. Así, todas tus dudas estarán resueltas y estarás seguro de que tus obligaciones fiscales están cumplidas 😉